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jueves, 29 de marzo de 2012

Aprueba el Senado libertad religiosa

No se trata de ocurrencias ni de violentar o conculcar principios que sustentan el Estado laico mexicano, planteó el priista Melquíades Morales, al fundamentar el dictamen sobre el artículo 24 constitucional.

Foto: Angélica Mercado

Con galerías prácticamente vacías se desahogó la aprobación de reformas al artículo 24 en materia religiosa en el Senado, a fin de evitar las manifestaciones de grupos y organizaciones opuestos a esas modificaciones.

Ciudad de México • Con 72 votos a favor y 35 en contra, el Senado aprobó las reformas al artículo 24 en materia de libertad religiosa, al afirmar las comisiones dictaminadoras que de ninguna manera se pretende modificar la educación laica o la relación Iglesia-Estado, ni privilegia religión alguna.

La sesión fue blindada para evitar que los grupos y organizaciones que están en contra se manifestaran y se ordenó cerrar el paso a la zona de galerías del recinto, que lucieron vacías.

En tribuna, la senadora priista María de los Ángeles Moreno y el perredista Pablo Gómez censuraron que pese a que las sesiones deben ser públicas, se haya impedido el paso a los grupos interesados en este tema, que se quedaron protestando fuera del recinto en el Parque Pasteur.

El artículo 24 aprobado, y que fue enviado a los congresos estatales para su discusión y votación, señala que: “Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política”.

Se asienta, además, que “los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria”.

Al fundamentar el dictamen en tribuna, el priista y presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Melquiades Morales, aseveró que no privilegia religión alguna ni se modificarán artículos como el 1°, 3°, 5°, 27 ni el 130.

“Lo hacemos conscientes de que no se trata de ocurrencias ni de violentar o conculcar principios que sustentan el Estado laico mexicano. Tampoco es el objetivo de revivir viejas diferencias que dieron origen a verdaderas tragedias nacionales”, aseveró.

Diría que la reforma no es atentatoria a las libertades porque no sólo respeta la libertad de religión, sino que contempla además la libertad de convicciones éticas y de conciencia.

En tribuna, el perredista Pablo Gómez acusó que esta reforma obedece a “acuerdos inconfesables” entre el priista Enrique Peña Nieto y la jerarquía católica, cuyos obispos ya le ofrecieron su apoyo.

“Pero no los lleven a la Constitución y menos al capítulo de derechos humanos donde se garantizan éstos”, demandó el senador de izquierda.

A su vez, los perredistas Leonel Godoy y Rubén Velázquez sostuvieron que la reforma no era necesaria, porque inclusive hay temas más relevantes y ésta lo que ha generado son discusiones en el país.

Godoy Rangel aseveró que los cambios atentan contra el Estado de derecho y agregarle “convicciones éticas” es un peligro para el sistema jurídico mexicano, “porque la ética, la moral, las buenas costumbres deben ser tomadas en cuenta siempre por el legislador, el juez para redactar leyes o interpretarlas, pero nunca debe quedar a la libre interpretación de los ciudadanos”, que lleva al subjetivismo.

El panista Santiago Creel sostuvo que precisamente al introducir cambios en este artículo se amplía la libertad religiosa, al argumentar que va en el sentido de los cambios internacionales.

En el dictamen votado, se afirma que en el caso de la reforma al artículo 24 se incluyen los conceptos de libertad de convicciones éticas y de libertad de conciencia, con lo que se amplía considerablemente el ámbito de libertades existente, restringido en la actualidad a la de escoger, entre las religiones, la “que más agrade” a las personas.

“De esta manera se fortalece la trayectoria progresiva en materia de laicidad iniciada con la Constitución mexicana de 1857, y se adoptan los estándares constitucionales contemporáneos. Asimismo, con esta reforma se hace explícito el derecho a participar en actos de culto, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, que ya figura de manera implícita en el texto vigente”.

(vía milenio.com)

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