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martes, 10 de enero de 2012

Practicar el culto en público, pide Norberto

El cardenal Norberto Rivera Carrera afirmó que la libertad religiosa es un derecho humano y no se puede reducir la fe a un templo, por eso llamó a los católicos a no tener miedo y practicarla en público, porque esta, dijo “es una visión del mundo que se encuentra, en la economía, en la política, en la ecología y en el sexo”.

Este domingo, en la Catedral Metropolitana, durante su homilía, el purpurado decidió entrar al debate de las reformas al artículo 24 constitucional aprobadas en la Cámara de Diputados y destacó que la fe es algo personal, es “una respuesta que cada quien puede dar desde lo más sagrado de su libertad. Por eso continuamente reclamamos ese derecho natural de la libertad religiosa que se tiene como ser humano”

Pero esa libertad de fe, indicó, “no se puede reducir al ámbito de lo íntimo, debe traducirse en obras” y advirtió: “Así concebida la fe no puede ser un escapismo de la historia y de los problemas humanos, al seguirla para iluminar las tinieblas se corre el riesgo de sufrir el rechazo como Cristo.”

En apoyo a la defensa de los cambios constitucionales, la Arquidiócesis de México exhortó a los senadores a aprobar las reformas al artículo 24 sobre libertad religiosa, porque indicó que en nada cambia la relación entre el Estado y las Iglesias, porque las define el artículo 130 y “este quedó intacto”.

En el editorial ¿Libertad religiosa para quién? del semanario Desde la Fe se destacó que uno de los últimos acuerdos de la Cámara de Diputados antes de concluir el periodo de sesiones en diciembre de 2011, fue la modificación del artículo 24 constitucional que trata sobre la libertad religiosa y de conciencia. “Esto provocó, desde luego, una serie de reacciones, de políticos y comunicadores, muchas de ellas sin bases y sin argumentos”.

La tónica general de quienes se oponen a esta modificación es señalar que se está atentando contra el Estado laico y se le dan grandes privilegios a la Iglesia católica.

Pero aclara que “estas ideas son falsas, pues los derechos humanos no se establecen para instituciones o estructuras, sino para las personas.”

La modificación busca ampliar las libertades individuales, permite que el Estado mexicano se modernice en el reconocimiento de los derechos que le corresponden a todos los ciudadanos mexicanos, a los creyentes y los no creyentes, de acuerdo con los instrumentos internacionales firmados y ratificados por México, desde hace mucho tiempo”.

Continúa: “El verdadero Estado laico es el que garantiza este derecho para todos, tomando en cuenta las exigencias de la dignidad de toda persona y del legítimo pluralismo social y esto significa que los creyentes deben dejar de lado los complejos y los miedos para expresar con respeto y con madurez sus propias convicciones, privada y públicamente, en lo que atañe a convicciones de conciencia y de religión”.

Los no creyentes, agrega el semanario, deben conducirse con respeto y madurez para saber escuchar a quienes piensan de manera distinta. “Los católicos sabemos que la vida pública no puede quedar en manos de un solo criterio, pues estaríamos hablando de una dictadura ideológica que no respetaría los derechos y las convicciones de todos, tal como sucede en los estados totalitarios”

La Arquidiócesis consideró que existe un avance significativo: poder expresar las convicciones éticas y religiosas desde la propia conciencia, ya sea individual o colectivamente. Porque la libertad religiosa y la libertad de conciencia “implican mucho más que una expresión de culto público: es el derecho que tiene cada persona de contribuir, desde sus convicciones éticas y religiosas, al bien común; es decir, el derecho de participar, sin discriminaciones, en la construcción de la realidad social y cultural del propio país.”

- Claves

Qué dice la ley

• El artículo 24 señala: “Todo individuo tiene el derecho a la libertad de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o adoptar, o no tener ni adoptar, la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o las creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de ritos, las prácticas, la difusión y la enseñanza: siempre que no constituyan un delito o una falta sancionada por la ley.”

(vía impreso.milenio.com)

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