El máximo tribunal constitucional de Colombia le recordó a un juez del suroeste colombiano --y por extensión a los demás del país-- su obligación de alejarse de sus creencias religiosas al momento de fundamentar sus decisiones, según una sentencia del alto tribunal que trascendió el miércoles.
Aunque magistrados del alto tribunal aclararon que el llamado de atención de la Corte Constitucional sólo fue para un juez laboral de la ciudad de Cali, todas las determinaciones del alto tribunal se consideran en Colombia jurisprudencia o referente para casos iguales o similares en el futuro. Es decir, en adelante jueces y fiscales no podrán utilizar en sus sentencias citas de libros religiosos, cuyo mensaje tengan relación directa con sus fallos, para basar o sustentar sus decisiones.
Si es sólo para fijar una cita o explicar un punto de vista lo podrían hacer, pero el punto es que la religiosidad no puede ser base de decisiones judiciales, explicaron magistrados a la AP.
La Corte Constitucional, guardiana de la Carta Magna colombiana, al resolver un fallo de tutela de un hombre que pretendía hacerse a una pensión de vejez, hizo un alto en el camino para analizar una frase del Exodo, un texto de la Biblia, que un juez de la ciudad de Cali, a 300 kilómetros al suroeste de Bogotá, empleó en uno de sus escritos de decisión: "Tratándose de la justicia, no favorecerá ni siquiera al pobre", dice parte del fallo del juzgado de la mencionada localidad.
"La Sala estima oportuno recordarles a las autoridades judiciales que, en el ejercicio de sus funciones, están obligadas a respetar el principio de laicidad que caracteriza al Estado colombiano y que se materializa en la imposibilidad de que sus autoridades adhieran o promuevan determinada religión, o adopten cualquier conducta que desconozca el pluralismo, la coexistencia igualitaria y la autonomía de las distintas confesiones religiosas consagrados por la Carta Política", dijo la Corte Constitucional en referencia al versículo utilizado en la sentencia del referido juzgado.
Dicha cita, precisó la Corte, fue incluida en un pie de página de la sentencia del juzgado de Cali.
"Tal alusión resulta inadmisible en un documento que, al haber sido suscrito por una autoridad pública, debe estar desprovisto de cualquier expresión que permita suponer un sesgo fundado en las creencias religiosas o en las convicciones personales del funcionario judicial que lo profirió", agregó el alto tribunal en una decisión de junio pasado, pero que sólo fue conocida en algunos de sus apartes el miércoles en el diario bogotano El Tiempo.
"Lo que la Corte les pide a los funcionarios judiciales es que no fundamenten sus fallos con base en sus creencias religiosas", explicó en diálogo telefónico con la AP Mauricio González, uno de los tres magistrados de la Corte Constitucional que aprobó la decisión.
En concepto de González, no es que la Corte les está prohibiendo a jueces y fiscales colombianos que citen la Biblia o libros de tratadistas, sino que se abstengan de evocar frases que tengan relación con la decisión que al final habrán de tomar sobre cualquier proceso judicial.
"La sola mención de una cita bíblica...en la sentencia que la decide y en los oficios que enteran a las partes de lo resuelto por un despacho judicial, puede dar una idea equivocada acerca de los criterios que guiaron la labor de administrar justicia en el caso concreto", dijo González.
(vía feeds.univision.com)
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