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sábado, 28 de abril de 2012

El marido de Resurrección Galera considera el auto un "chiste de mal gusto"

Níjar (Almería) - Johannes Romes, el marido de la profesora de religión Resurrección Galera, que no fue renovada para el curso 2001/2002 en un colegio público por decisión del Obispado tras casarse con un divorciado, ha calificado el auto que ordena su readmisión solo hasta final de curso de "un chiste de mal gusto".

En declaraciones a Efe, acompañado de su mujer, Romes ha expresado su "decepción" por el auto de ejecución de la sentencia dictada hace ya casi un año, tras una larga batalla judicial, que declaraba el despido nulo y ordenaba la readmisión inmediata de la profesora, así como el pago de los salarios que dejó de percibir durante este tiempo.

El auto del Juzgado de lo Social número 3 de Almería ha requerido al Ministerio de Educación para que "en el plazo de cinco días reponga a Resurrección Galera Navarro en su puesto de trabajo de profesora de moral y religión católica en el Colegio Público de Educación Infantil y Primaria Ferrer Guardia" de la capital almeriense "durante el presente curso escolar, esto es hasta el 31-08-12".

El juez también establece que el Ministerio debe abonar a Galera 42.374,98 euros, una vez descontados los rendimientos obtenidos entre 2003 y 2010 como trabajadora de la Junta de Andalucía a la cifra de 157.287,10 euros que todavía se adeuda a la profesora por los salarios que dejó de percibir.

Romes ha subrayado que el auto es "bastante decepcionante" tanto por la cuantía fijada, que según ha dicho no resarce el perjuicio económico que han sufrido, ni por la decisión del juez de limitar la readmisión al presente curso escolar.

En línea con la tesis del abogado del Estado que representa al Ministerio, el juez considera que el pronunciamiento judicial "no puede alterar" el carácter temporal de la relación laboral que tenía la profesora en el momento de su despido.

No obstante, Romes ha subrayado que "no existe despido nulo para un contrato temporal" y ha recordado que fue el propio juzgado el que declaró la nulidad de acuerdo al criterio del Tribunal Constitucional, que concedió amparo a la profesora y reconoció su derecho a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar.

Respecto a la cuantía que debe percibir Resurrección Galera del Ministerio de Educación por los salarios que dejó de percibir por su despido nulo, Romes también ha expresado su desacuerdo en que se descuenten los rendimientos de trabajo obtenidos años después como trabajadora de la Junta de Andalucía, ya que ha considerado que no tiene nada que ver con la cuestión juzgada.

El marido de Galera, cuya letrada interpondrá la semana que viene un recurso de reposición contra el auto del juzgado de lo social, también ha señalado que el hecho de su mujer esté casada con un divorciado "no le inhabilita como docente o profesora". EFE

(vía elcorreo.com)

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